Catastro y propiedad
El catastro contiene la descripción física, económica y jurídica de las propiedades rústicas y urbanas. Da la base en el planeamiento urbano y rural, y guarda la seguridad jurídica del derecho de propiedad a través de la aprobación y archivo de las medidas.
La Ley 13/2015 de 24 de junio, de reforma de la Ley Hipotecaria y del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, ha establecido un sistema de coordinación entre el Catastro y el Registro de la Propiedad para que éste incorpore la representación gráfica georeferenciada de las fincas registrales empleando como base la cartografía catastral. Con ello se persigue dar mayor seguridad a los datos de ubicación, deslinde y superficie de las fincas registrales.
En ocasiones la descripción de una finca registral no es coincidente con los límites físicos existentes en el terreno, ni tiene concordancia con la cartografía catastral, generándose situaciones que hay que subsanar.
En estos casos los trabajos que podemos ofrecer son:
- Certificados de Georreferenciación para poder registrar descripciones gráficas a partir de una Representación Gráfica Alternativa (RGA)
- Deslinde y replanteo linderos catastrales de parcelas
- Alteraciones catastrales: Parcelaciones, alta nueva construcciones, subsanación de discrepancias
- GML. Generación fichero informático GML de la parcela catastral/edificación para incorporar a la base de dato catastral
- Informe de Validación Gráfica de la Dirección General de Catastro y Representación Gráfica Alternativa (RGA)
- Trabajo Topográfico georreferenciado para declaración/alta obra nueva construcción en Catastro Diputación Foral de Álava