Certificado de Georreferenciación
Es el documento emitido por los Ingenieros en Geomática y Topografía, en el que se realiza una descripción geométrica de los linderos, y se aporta a la escritura de propiedad para la coordinación de Catastro y Registro según la ley 13/2015 Reforma de la Ley Hipotecaria.
La cartografía catastral pasa a ser la base gráfica para representar las fincas en el Registro de la Propiedad. Las fincas que van a acceder por primera vez al Registro de la Propiedad, deberán adjuntar dicho informe de georreferenciación.
Este documento debe incluir:
- Metodología que da lugar a la definición geométrica de la finca conforme a lo establecido por la Ley, y en consecuencia su precisión, alcance y limitaciones.
- Fichero en formato GML
- Representación Gráfica y Superficie de la fincas/ edificaciones.
- Coordenadas Georreferenciadas de los vértices de la parcela catastral en el sistema de referencia ETRS89, coordenadas UTM huso 30 (EPSG:25830).
«Los Ingenieros Técnicos en Topografía, Ingenieros en Geodesia y Cartografía, y Graduados en Ingeniería Geomática y Topografía que forman parte del Colegio Oficial, corporación de derecho público que les agrupa y representa, son técnicos competentes por ley capacitados por formación y experiencia en materia de georreferenciación.»